El Tercer Sector celebra la reforma de la Ley de Mecenazgo

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La Plataforma del Tercer Sector (PTS) celebra la reforma de la Ley de Mecenazgo aprobada este miércoles en la Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados. El texto es una iniciativa del PDeCAT que busca modernizar y sustituir la anterior legislación en esta materia incorporando nuevos estímulos fiscales al mecenazgo y actualizando los ya existentes. Tras su aprobación, está previsto su traslado y votación en el Senado y su entrada en vigor tendrá lugar el 1 de enero de 2024.

El presidente de la PTS, Luciano Poyato, ha señalado: “El mecenazgo es una forma de fomentar la cohesión social, logrando una mayor participación privada en actividades de interés general, y por consiguiente, articulando más la sociedad civil”. La reforma normativa supone un importante paso en el reconocimiento de la labor que las entidades no lucrativas llevan a cabo en España para cumplir los fines de interés general.

Tras cuatro intentos fallidos de modificación, las novedades que introduce la reforma son las siguientes:

  • Se estimula el micromecenazgo y se incrementan los porcentajes de deducción. En el caso de personas físicas, se eleva de 150€ a 250€ la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación del IRPF. Por el resto habrá un 40% de deducción (en lugar del 35% vigente). En el caso de personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades también pasan del 35 al 40%. En ambos casos, para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción aumenta al 45% en el caso de personas físicas y al 50% para las personas jurídicas (ambos ahora al 40%) si, en los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.
  • Se actualiza el concepto de donativos y donaciones, incorporando las donaciones de servicios. De este modo, se equipara a otras legislaciones europeas en las que se define al mecenazgo más allá de la simple transacción económica.
  • Se incluye el denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa que permite que el donante obtenga retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación con un tope máximo de 25.000 €.
  • Se amplían las modalidades de explotaciones económicas exentas, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en las siguientes actividades: desarrollo e innovación, prestaciones de servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y de enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades.
  • Se refuerza el automatismo por aplicar exenciones de tributos de competencia local a los bienes de entidades sin ánimo de lucro.

La aprobación de esta reforma de la ley es el resultado del trabajo colectivo del Tercer Sector que lleva años reclamándola. La Plataforma del Tercer Sector ha participado en estos trabajos, liderados por la Asociación Española de Fundaciones a través de la campaña #MecenazgoAquíAhora, junto a otras organizaciones.

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